Cuarta Convocatoria a Elecciones de Representantes Principales y Suplentes a la Asamblea General de la Cooperativa La Dolorosa Ltda. período 2026 - 2030
¡Información para Elecciones de Representantes 2026 de la Cooperativa La Dolorosa!
En este espacio encontrará toda la información sobre el proceso electoral a través del cual elegiremos a nuestros representantes principales y suplentes ante la Asamblea General.
Nuestro compromiso es garantizar un proceso transparente, justo y participativo, en el que cada socio tenga la oportunidad de ejercer su voz y contribuir al fortalecimiento de nuestra Cooperativa.
La participación de todos es fundamental para seguir construyendo, juntos, el futuro de La Dolorosa.
De acuerdo con el Art. 38 y en concordancia con el Art. 43 del Reglamento General de Elecciones.
Jornada electoral: 18 de octubre de 2026.
Requisitos y Prohibiciones
Requisitos
Requisitos para ser Candidato a Representante
De acuerdo con el reglamento de Elecciones y la Norma de Control aplicable, los candidatos deben cumplir con los siguientes requisitos:
Art. 26.- Podrán ejercer el derecho establecido en el artículo anterior los socios que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar en goce de los derechos de ciudadanía;
- Ser mayor de edad;
- Que registre depósitos en las cuentas de ahorros y/o certificados de aportación y operaciones de créditos, durante el periodo económico en que se realizará las elecciones hasta la fecha de cierre de presentación de las
- Que no haya sido sancionado pecuniaria o administrativamente por la Superintendencia de Bancos, ni por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria o por la
- Que cumplan con todos los requisitos que dispone el estatuto de la Cooperativa aprobado por la Este requisito solo tendrá vigencia hasta la aprobación del estatuto de la Cooperativa por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, posterior a esto cumplirán los requisitos de este estatuto.
- Quienes no hayan causado daño administrativo o económico a la Cooperativa, en el ejercicio de sus funciones de directivos o administradores, ni se encuentren litigando contra la Institución.
- Los demás requisitos que establezca la ley y los Organismos de
- Que el socio no se encuentre inhabilitado de conformidad con el artículo 258 del Código Monetario, que dice:
- Los gerentes, apoderados generales, auditores interno y externo, y las personas naturales y jurídicas que realicen trabajos de apoyo a la supervisión y más funcionarios y empleados de la entidad, cualquiera sea su denominación y de sus empresas subsidiarias o afiliadas;
- Los directores, miembros de los consejos de administración y vigilancia, representantes legales, apoderados generales, auditores internos y externos de otras entidades de la misma Esta prohibición no aplica entre las entidades del Sector Financiero Público;
- Quienes estuviesen en mora de sus obligaciones por más de sesenta días con cualquiera de las entidades del Sistema Financiero Nacional sujetas a este Código;
- Quienes en el transcurso de los últimos cinco años hubiesen sido removidos por el organismo de control;
- Quienes en el transcurso de los últimos sesenta días tengan obligaciones en firme con el Servicio de Rentas Internas o con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social;
- Quienes en el transcurso de los últimos cinco años hubiesen incurrido en castigo de sus obligaciones por parte de cualquier entidad financiera;
- Quienes estuviesen litigando en contra de la entidad
- Quienes hubiesen sido condenados por delito, mientras penda la pena y hasta cinco años después de cumplida;
- El cónyuge o conviviente o el pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de un director principal o suplente, vocal y administradores de la entidad del sector financiero privado o popular y solidario de que se trate;
- Quienes por cualquier causa estén legalmente
Prohibiciones
Prohibiciones para ser Candidato a Representante
De acuerdo con el reglamento de Elecciones y la Norma de Control aplicable, los candidatos deben cumplir con los siguientes requisitos:
Art. 28.- No podrán ser candidatos a representantes a la Asamblea General:
a. Los socios que actúen como miembros principales o suplentes del Tribunal Electoral, por ser quienes ejecutan el proceso.
b. Los socios que fueron elegidos representantes en la elección inmediata anterior, siempre que hayan sido cesados en sus funciones por inasistencia injustificada a dos Asambleas Generales de Representantes consecutivas.
c. Quienes hayan sido reelegidos de manera consecutiva en los dos (2) últimos períodos.
d. Aquellos contra quienes se hubiere dictado auto de llamamiento a juicio por cualquier delito, hasta que exista sentencia absolutoria a su favor.
e. Los que hubieren sido sancionados con descalificación en el proceso electoral inmediato anterior.
f. Los socios a quienes el Consejo de Administración les haya comprobado legalmente haber realizado o patrocinado actos que afecten la imagen de la institución, de sus directivos o administradores. Asimismo, no podrán ser candidatos aquellos socios o grupos de socios que hayan presentado denuncias, reclamaciones o quejas de índole administrativa contra la Cooperativa, sus directivos y/o representantes, y estas hayan sido inadmitidas, rechazadas o declaradas sin lugar, en primera instancia o en apelación, por el órgano administrativo competente.
g. Los socios que hayan sido requeridos judicialmente para cumplir con el pago de sus obligaciones.
h. Quienes tengan planteado en su contra un proceso administrativo interno para ser sancionados con exclusión, expulsión o suspensión de sus derechos como socios de la Cooperativa.
i. Los socios que hayan sido excluidos o expulsados de la Cooperativa.
j. Quienes hayan sido excluidos o expulsados de otras cooperativas.
k. Los exmiembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia que hayan sido cesados en sus funciones por efecto de la ley o por resolución del organismo competente.
l. Los socios que hubiesen litigado y/o hayan sido sancionados por autoridad competente, o que se encuentren litigando en contra de la Cooperativa.
m. Los exfuncionarios, exempleados y extrabajadores de la Cooperativa que tengan la calidad de socios, incluidos quienes prestaron sus servicios bajo la figura de tercerización. Estos socios solo podrán postularse como representantes a la Asamblea General de Representantes cuando hayan transcurrido dos (2) años desde la fecha de su separación de la institución y siempre que en su salida no hayan mediado conflictos con la Cooperativa.
n. Quienes mantengan con la Cooperativa, o hayan mantenido en los últimos dos (2) años, relaciones comerciales, profesionales o contractuales de cualquier naturaleza, o hayan percibido pagos por conceptos de sueldos, salarios, servicios ocasionales, honorarios profesionales, bonos, arrendamientos o similares.
o. Quienes tengan pagos pendientes, multas por cheques protestados o se encuentren inhabilitados para el manejo de cuentas corrientes.
p. Quienes registren en el sistema financiero morosidad en obligaciones directas por más de sesenta (60) días durante el año inmediato anterior a la fecha de la convocatoria a elecciones. En caso de existir inconsistencias en la información publicada en el registro de datos crediticios, se deberá solicitar la certificación correspondiente a la entidad financiera que haya realizado el reporte.
q. Los cónyuges, convivientes en unión de hecho y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del Gerente General, empleados, funcionarios, trabajadores y de los profesionales contratados bajo la normativa del Código Civil.
r. No podrán participar en una elección simultánea los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
s. Las demás prohibiciones que determine la ley, el Estatuto y el presente Reglamento.
Estimado socio/a:
Para mantenerse informado y ejercer su derecho al voto, le invitamos a actualizar sus datos personales en nuestras oficinas ubicadas en Durán y Guayaquil.
Puede consultar las direcciones de nuestras oficinas haciendo clic [aquí].
Si lo prefiere, puede prellenar los formularios y entregarlos directamente en cualquiera de nuestras oficinas. Al momento de entregar debe tener: Planilla de servicios básicos y copia de cédula.
Capacitación obligatoria
- Para cumplir con el literal b) del Art. 34 del Reglamento de Elecciones, los socios podrán realizar la capacitación sobre economía popular y solidaria en la página web de la SEPS: www.seps.gob.ec/inicio/capacitacion. Se recuerda a los socios que se encuentra habilitado de manera física dentro de las instalaciones de la Cooperativa La Dolorosa (Durán); una sala de cómputo para que puedan realizar la capacitación de las 40h solicitadas por la SEPS, en área de Talento Humano. Los horarios de 09h00 a 12h00 y de 14h00 a 17h00.
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